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Jurisprudencia · SPIJ

Infundado: Se indica que la sentencia está debidamente motivada y no se ha vulnerado el debido proceso. Además, el demandante, por su…

Casacion 15178-2022-PIURA · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2024-01-22

Sumilla

INFUNDADO. SE INDICA QUE LA SENTENCIA ESTÁ DEBIDAMENTE MOTIVADA Y NO SE HA VULNERADO EL DEBIDO PROCESO. ADEMÁS, EL DEMANDANTE, POR SU CONDICIÓN DE OBRERO, NO ESTÁ SUJETO AL PRECEDENTE CONSTITUCIONAL QUE EXIGE CONCURSO PÚBLICO, JUSTIFICÁNDOSE SU REPOSICIÓN. POR LO TANTO, SE DECLARA INFUNDADA LA CAUSAL RELACIONADA CON EL ARTÍCULO 5 DE LA LEY N° 28175.

Artículos citados 1

Ley N.° 28175, art. 5Cita
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Ficha jurídica

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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 15178-2022-PIURA
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2024-01-22

Fuente oficial

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Citar como

Casacion 15178-2022-PIURA. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2024-01-22. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

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