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Jurisprudencia · SPIJFundado: Se demuestra que se alega infracción normativa por aplicación indebida de la ley nº 28518, ya que no estaba vigente durante…
Casacion 2450-2021-PIURA · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2024-01-22
Sumilla
FUNDADO. SE DEMUESTRA QUE SE ALEGA INFRACCIÓN NORMATIVA POR APLICACIÓN INDEBIDA DE LA LEY Nº 28518, YA QUE NO ESTABA VIGENTE DURANTE EL CONVENIO DE FORMACIÓN LABORAL JUVENIL ENTRE 1996 Y 1999. POR LO TANTO, LA SALA SUPERIOR APLICÓ INCORRECTAMENTE LA NORMA, DECLARANDO DESNATURALIZADO EL CONVENIO CON UN LÍMITE DE 12 MESES QUE NO CORRESPONDÍA.
Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 2450-2021-PIURA
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2024-01-22
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Casacion 2450-2021-PIURA. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2024-01-22. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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