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Jurisprudencia · SPIJ

Fundado: Se precisa que a la parte demandante le corresponde el recalculo de la bonificación especial por preparación de clases y…

Casacion 13992-2021-LIMA NORTE · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2024-01-10

Sumilla

FUNDADO. SE PRECISA QUE A LA PARTE DEMANDANTE LE CORRESPONDE EL RECALCULO DE LA BONIFICACIÓN ESPECIAL POR PREPARACIÓN DE CLASES Y EVALUACIÓN DE SU REMUNERACIÓN TOTAL O ÍNTEGRA, SIENDO QUE, SU CÁLCULO DEBERÁ EFECTUARSE SOBRE LA BASE DE TODOS LOS INGRESOS PERCIBIDOS MENSUALMENTE POR EL TRABAJADOR O PENSIONISTA, SIN HACER DISTINCIÓN ALGUNA, DADA LA NATURALEZA REMUNERATIVA LA CUAL SE DETERMINA EN FUNCIÓN A LA REGULARIDAD DE SU MONTO Y LA PERIODICIDAD EN SU PAGO.

Ficha jurídica

no disponible
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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 13992-2021-LIMA NORTE
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2024-01-10

Fuente oficial

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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Casacion 13992-2021-LIMA NORTE. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2024-01-10. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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