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Jurisprudencia · SPIJFundado: Se precisa que a la parte demandante le corresponde el recalculo de la bonificación especial por preparación de clases y…
Casacion 13992-2021-LIMA NORTE · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2024-01-10
Sumilla
FUNDADO. SE PRECISA QUE A LA PARTE DEMANDANTE LE CORRESPONDE EL RECALCULO DE LA BONIFICACIÓN ESPECIAL POR PREPARACIÓN DE CLASES Y EVALUACIÓN DE SU REMUNERACIÓN TOTAL O ÍNTEGRA, SIENDO QUE, SU CÁLCULO DEBERÁ EFECTUARSE SOBRE LA BASE DE TODOS LOS INGRESOS PERCIBIDOS MENSUALMENTE POR EL TRABAJADOR O PENSIONISTA, SIN HACER DISTINCIÓN ALGUNA, DADA LA NATURALEZA REMUNERATIVA LA CUAL SE DETERMINA EN FUNCIÓN A LA REGULARIDAD DE SU MONTO Y LA PERIODICIDAD EN SU PAGO.
Ficha jurídica
no disponibleLa ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.
Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 13992-2021-LIMA NORTE
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2024-01-10
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Casacion 13992-2021-LIMA NORTE. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2024-01-10. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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