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Jurisprudencia · SPIJ

Fundado: Se estima que, se debe analizar el cálculo de la bonificación diferencial que deberá ser otorgada a la recurrente, en ese…

Casacion 4182-2019-HUANCAVELICA · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2023-12-26

Sumilla

FUNDADO. SE ESTIMA QUE, SE DEBE ANALIZAR EL CÁLCULO DE LA BONIFICACIÓN DIFERENCIAL QUE DEBERÁ SER OTORGADA A LA RECURRENTE, EN ESE SENTIDO, LE CORRESPONDE A LA ENTIDAD DEMANDADA REALIZAR EL REAJUSTE DE DICHA BONIFICACIÓN EQUIVALENTE AL 50% DE LA REMUNERACIÓN TOTAL, COMO EL PAGO DE LOS REINTEGROS DE LAS BONIFICACIONES ESPECIALES DISPUESTAS POR LOS DECRETOS DE URGENCIA N° 090-96, 073-97 Y 011-99.

Ficha jurídica

no disponible
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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 4182-2019-HUANCAVELICA
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2023-12-26

Fuente oficial

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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Casacion 4182-2019-HUANCAVELICA. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2023-12-26. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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