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Jurisprudencia · SPIJ

Improcedente: Se estima que, el demandante se encontraba protegido por el decreto legislativo n° 276, ya que este no puede ser cesado ni…

Casacion 36209-2022-LIMA · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2023-12-18

Sumilla

IMPROCEDENTE. SE ESTIMA QUE, EL DEMANDANTE SE ENCONTRABA PROTEGIDO POR EL DECRETO LEGISLATIVO N° 276, YA QUE ESTE NO PUEDE SER CESADO NI DESTITUIDO CON EXCEPCIÓN DE HABER INCURRIDO EN LAS CAUSALES PREVISTAS EN EL CAPÍTULO V DE DICHA NORMATIVA, LO CUAL NO HA SUCEDIDO EN EL PRESENTE CASO, EN ESE SENTIDO, LA ENTIDAD RECURRENTE DEBE REINCORPORAR AL CARGO QUE EJERCÍA EL DEMANDANTE.

Ficha jurídica

no disponible
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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 36209-2022-LIMA
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2023-12-18

Fuente oficial

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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Casacion 36209-2022-LIMA. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2023-12-18. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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