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Jurisprudencia · SPIJFundada: En el presente caso se advierte que la contingencia debe establecerse desde la fecha del pronunciamiento del certificado…
Expediente 03204-2022-PA/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2023-11-10
Sumilla
FUNDADA. EN EL PRESENTE CASO SE ADVIERTE QUE LA CONTINGENCIA DEBE ESTABLECERSE DESDE LA FECHA DEL PRONUNCIAMIENTO DEL CERTIFICADO MÉDICO, DADO QUE EL BENEFICIO DERIVA JUSTAMENTE DEL MAL QUE AQUEJA AL DEMANDANTE-, Y ES A PARTIR DE DICHA FECHA QUE SE DEBE ABONAR LA PENSIÓN DE INVALIDEZ VITALICIA. POR TANTO, CORRESPONDE OTORGAR AL RECURRENTE LA PENSIÓN DE INVALIDEZ SOLICITADA.
Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 03204-2022-PA/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2023-11-10
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 03204-2022-PA/TC. , 2023-11-10. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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