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Jurisprudencia · SPIJFundada: En el presente caso, se advierte que la contingencia debe establecerse desde la fecha del pronunciamiento del certificado…
Expediente 02744-2021-PA/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2023-11-10
Sumilla
FUNDADA. EN EL PRESENTE CASO, SE ADVIERTE QUE LA CONTINGENCIA DEBE ESTABLECERSE DESDE LA FECHA DEL PRONUNCIAMIENTO DEL CERTIFICADO MÉDICO, FECHA EN QUE ACREDITA LA EXISTENCIA DE LA ENFERMEDAD PROFESIONAL, DADO QUE EL BENEFICIO DERIVA JUSTAMENTE DEL MAL QUE AQUEJA AL DEMANDANTE, Y ES A PARTIR DE DICHA FECHA QUE SE LE DEBE ABONAR LA PENSIÓN VITALICIA.
Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 02744-2021-PA/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2023-11-10
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 02744-2021-PA/TC. , 2023-11-10. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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