Inicio › Jurisprudencia › Infundada: En el presente caso, se determina que no se ha vulnerado el derecho a la seguridad social del accionante, puesto que no reúne…
Jurisprudencia · SPIJInfundada: En el presente caso, se determina que no se ha vulnerado el derecho a la seguridad social del accionante, puesto que no reúne…
Expediente 02160-2023-PA/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2023-11-09
Sumilla
INFUNDADA. EN EL PRESENTE CASO, SE DETERMINA QUE NO SE HA VULNERADO EL DERECHO A LA SEGURIDAD SOCIAL DEL ACCIONANTE, PUESTO QUE NO REÚNE LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL DECRETO DE URGENCIA Nº 034-98 Y EL DECRETO SUPREMO Nº 082-98-EF PARA ACCEDER A LA BONIFICACIÓN FONAHPU.
Ficha jurídica
no disponibleLa ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.
Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 02160-2023-PA/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2023-11-09
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 02160-2023-PA/TC. , 2023-11-09. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
Huella SHA-256 del contenido guardado:
c9ba1684c315bde19a78466777f7f149c162779b3d1518334b3cfa439daab52d
Calculada por el portal el 2026-10-28 04:36:36 (UTC). Es un sello interno, no un sello de tiempo cualificado de un tercero.
