Inicio › Jurisprudencia › Infundado: En el caso, esta sala suprema advierte que, al haberse celebrado el convenio de estabilidad jurídica el 24 de febrero de…
Jurisprudencia · SPIJ

Infundado: En el caso, esta sala suprema advierte que, al haberse celebrado el convenio de estabilidad jurídica el 24 de febrero de…

Casacion 04468-2022-LIMA · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2023-10-05

Sumilla

INFUNDADO. EN EL CASO, ESTA SALA SUPREMA ADVIERTE QUE, AL HABERSE CELEBRADO EL CONVENIO DE ESTABILIDAD JURÍDICA EL 24 DE FEBRERO DE 1998, A PARTIR DE DICHA FECHA SE ESTABILIZÓ LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 50 DE LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA, APROBADA POR EL DECRETO LEGISLATIVO Nº 774, Y EL INCISO E) DEL ARTÍCULO 29 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA, APROBADO MEDIANTE DECRETO SUPREMO Nº 122-94-EF, POR LO QUE NO CORRESPONDÍA QUE EL RECURRENTE, APLICARA UN PROCEDIMIENTO DISTINTO AL ESTABLECIDO EN LAS NORMAS ANTES MENCIONADAS.

Ficha jurídica

no disponible
La ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.

Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 04468-2022-LIMA
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2023-10-05

Fuente oficial

El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Casacion 04468-2022-LIMA. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2023-10-05. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

Huella SHA-256 del contenido guardado:
293229215a9f724c11b1499bb39135ca8ce204db6d00c055acb21f7bfc9cd37c
Calculada por el portal el 2026-10-28 04:36:35 (UTC). Es un sello interno, no un sello de tiempo cualificado de un tercero.