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Jurisprudencia · SPIJ

Fundada: En el presente caso, se ha acreditado la vulneración del derecho a la pensión de la recurrente, corresponde ordenar que la…

Expediente 01177-2016-PA/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2019-02-09

Sumilla

FUNDADA. EN EL PRESENTE CASO, SE HA ACREDITADO LA VULNERACIÓN DEL DERECHO A LA PENSIÓN DE LA RECURRENTE, CORRESPONDE ORDENAR QUE LA ONP LE OTORGUE LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN ADELANTADA, CON EL PAGO DE LAS PENSIONES DEVENGADAS CORRESPONDIENTES, CONFORME AL ARTÍCULO 81 DEL DECRETO LEY N° 19990.

Artículos citados 1

D. Ley 19990, art. 81Cita
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Ficha jurídica

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Convencionalidad y derecho comparado

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Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 01177-2016-PA/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2019-02-09

Fuente oficial

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Citar como

Expediente 01177-2016-PA/TC. , 2019-02-09. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

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