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Jurisprudencia · SPIJ

Infundada: Se concluye que que no se produjo un despido arbitrario, sino que cuando venció el plazo del contrato, esto es, el 31 de…

Expediente 04272-2017-PA/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2023-06-22

Sumilla

INFUNDADA. SE CONCLUYE QUE QUE NO SE PRODUJO UN DESPIDO ARBITRARIO, SINO QUE CUANDO VENCIÓ EL PLAZO DEL CONTRATO, ESTO ES, EL 31 DE DICIEMBRE DE 2010, LA RELACIÓN LABORAL SE EXTINGUIÓ AUTOMÁTICAMENTE, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 16, INCISO “C”, DEL TUO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 728.

Artículos citados 1

D. Leg. 728, art. 16Cita
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Ficha jurídica

no disponible
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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 04272-2017-PA/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2023-06-22

Fuente oficial

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Citar como

Expediente 04272-2017-PA/TC. , 2023-06-22. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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