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Jurisprudencia · SPIJEn el presente caso, se establece que existe un deber de no exponer a los reclusos a situaciones que pudieran comprometer…
Expediente 02461-2015-PHC/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2023-06-17
Sumilla
EN EL PRESENTE CASO, SE ESTABLECE QUE EXISTE UN DEBER DE NO EXPONER A LOS RECLUSOS A SITUACIONES QUE PUDIERAN COMPROMETER, AFECTAR O AGRAVAR SU SALUD. POR ESTA RAZÓN, EL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO, COMO ÓRGANO COMPETENTE ENCARGADO DE LA DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA PENITENCIARIO, ES EL RESPONSABLE DE TODO ACTO U OMISIÓN INDEBIDA QUE PUDIERA AFECTAR LA SALUD DE LAS PERSONAS RECLUIDAS.
Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 02461-2015-PHC/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2023-06-17
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 02461-2015-PHC/TC. , 2023-06-17. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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