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Jurisprudencia · SPIJ

En el presente caso, se establece que existe un deber de no exponer a los reclusos a situaciones que pudieran comprometer…

Expediente 02461-2015-PHC/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2023-06-17

Sumilla

EN EL PRESENTE CASO, SE ESTABLECE QUE EXISTE UN DEBER DE NO EXPONER A LOS RECLUSOS A SITUACIONES QUE PUDIERAN COMPROMETER, AFECTAR O AGRAVAR SU SALUD. POR ESTA RAZÓN, EL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO, COMO ÓRGANO COMPETENTE ENCARGADO DE LA DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA PENITENCIARIO, ES EL RESPONSABLE DE TODO ACTO U OMISIÓN INDEBIDA QUE PUDIERA AFECTAR LA SALUD DE LAS PERSONAS RECLUIDAS.

Ficha jurídica

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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 02461-2015-PHC/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2023-06-17

Fuente oficial

El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 02461-2015-PHC/TC. , 2023-06-17. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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