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Jurisprudencia · SPIJ

Se determina en el presente caso no se vulneró el principio ne bis in idem, puesto que a través de un análisis entre ambos…

Expediente 01330-2015-PHC/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2023-06-16

Sumilla

SE DETERMINA EN EL PRESENTE CASO NO SE VULNERÓ EL PRINCIPIO NE BIS IN IDEM, PUESTO QUE A TRAVÉS DE UN ANÁLISIS ENTRE AMBOS PROCESOS SE ADVIERTE QUE SI BIEN LOS PROCESADOS FUERON LOS MISMOS (FAVORECIDOS), NO EXISTE SIMILITUD ENTRE LOS HECHOS INVESTIGADOS Y EL FUNDAMENTO DE LA SANCIÓN.

Ficha jurídica

no disponible
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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 01330-2015-PHC/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2023-06-16

Fuente oficial

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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 01330-2015-PHC/TC. , 2023-06-16. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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