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Jurisprudencia · SPIJ

Infundado: Se estima que la recurrente vendió un bien inmueble que era considerado como bien social a la codemandada, lo cual ha…

Casacion 344-2017-ICA · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2023-06-08

Sumilla

INFUNDADO. SE ESTIMA QUE LA RECURRENTE VENDIÓ UN BIEN INMUEBLE QUE ERA CONSIDERADO COMO BIEN SOCIAL A LA CODEMANDADA, LO CUAL HA TRANSGREDIDO EL PATRIMONIO CONYUGAL, EN TAL SENTIDO DICHO ACTO JURÍDICO CONTIENE UN FIN ILÍCITO. SIN EMBARGO, LA DEMANDADA NO HA FUNDAMENTADO DEBIDAMENTE CUÁLES SERÍAN LAS INFRACCIONES NORMATIVAS DE DICHO SUPUESTO TIENEN INCIDENCIA DIRECTA SOBRE LA DECISIÓN IMPUGNADA, POR TANTO NO ES ATENDIBLE EL RECURSO.

Ficha jurídica

no disponible
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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 344-2017-ICA
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2023-06-08

Fuente oficial

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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Casacion 344-2017-ICA. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2023-06-08. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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