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Jurisprudencia · SPIJ

Infundada: En el presente caso, se determina que no se ha vulnerado el derecho a la seguridad social de la accionante,puesto que a la…

Expediente 02648-2022-PA/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2023-06-08

Sumilla

INFUNDADA. EN EL PRESENTE CASO, SE DETERMINA QUE NO SE HA VULNERADO EL DERECHO A LA SEGURIDAD SOCIAL DE LA ACCIONANTE,PUESTO QUE A LA FECHA EN QUE VENCIÓ EL NUEVO Y ÚLTIMO PLAZO EXTRAORDINARIO DE 120 DÍAS ESTABLECIDO POR EL DECRETO DE URGENCIA N° 009-2000 PARA EFECTUAR UN NUEVO PROCESO DE INSCRIPCIÓN, NO TENÍA AÚN LA CONDICIÓN DE PENSIONISTA DEL RÉGIMEN DEL DECRETO LEY N° 19990, POR LO QUE NO REÚNE LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL DECRETO DE URGENCIA N° 034-98 Y EL DECRETO SUPREMO N° 082-98-EF PARA ACCEDER A LA BONIFICACIÓN FONAPHU.

Ficha jurídica

no disponible
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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 02648-2022-PA/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2023-06-08

Fuente oficial

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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 02648-2022-PA/TC. , 2023-06-08. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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