Inicio › Jurisprudencia › Infundada: Este colegiado considera que el interponer una numerosa cantidad de demandas en serie denota un claro abuso y despropósito en…
Jurisprudencia · SPIJ

Infundada: Este colegiado considera que el interponer una numerosa cantidad de demandas en serie denota un claro abuso y despropósito en…

Expediente 01528-2022-PHD/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2023-06-03

Sumilla

INFUNDADA. ESTE COLEGIADO CONSIDERA QUE EL INTERPONER UNA NUMEROSA CANTIDAD DE DEMANDAS EN SERIE DENOTA UN CLARO ABUSO Y DESPROPÓSITO EN PRINCIPIO DE LA TUTELA JURISDICCIONAL EFECTIVA Y SUBSECUENTEMENTE DEL DERECHO FUNDAMENTAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, QUE NO EXIGE JUSTIFICAR PARA QUÉ SE REQUIERE LA INFORMACIÓN EXIGIDA, POR LO QUE SE ESTIMA QUE SU ROL DE DIRECTOR ESENCIAL DEL PROCESO LE OBLIGA A NO PERMANECER INDIFERENTE ANTE INCONDUCTAS QUE GENERAN UNA SERIE DE EXTERNALIDADES GRAVOSAS, Y SE ODERNA MULTAR AL RECURRENTE.

Ficha jurídica

no disponible
La ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.

Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 01528-2022-PHD/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2023-06-03

Fuente oficial

El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 01528-2022-PHD/TC. , 2023-06-03. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

Huella SHA-256 del contenido guardado:
9345797fd0a12bf083d296794dbfd5bcacefa9ac7fa9ad098d9f49295d26c086
Calculada por el portal el 2026-10-28 04:36:34 (UTC). Es un sello interno, no un sello de tiempo cualificado de un tercero.