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Jurisprudencia · SPIJInfundada: La ordenanza cuestionada no lesiona derecho fundamental alguno, no sólo porque es facultad constitucional otorgada a los…
Expediente 00316-2022-AA/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2023-05-06
Sumilla
INFUNDADA. LA ORDENANZA CUESTIONADA NO LESIONA DERECHO FUNDAMENTAL ALGUNO, NO SÓLO PORQUE ES FACULTAD CONSTITUCIONAL OTORGADA A LOS GOBIERNOS LOCALES EL REGULAR LOS ASPECTOS INTERNOS PROPIOS DE SU COMPETENCIA, COMO EN EL CASO DE AUTOS -ESTABLECER EL PLAN DE DESARROLLO URBANO DE LA CIUDAD-, SINO TAMBIÉN PORQUE EL EJERCICIO DE TAL FACULTAD CONSTITUYE UN DEBER ORIENTADO A MATERIALIZAR EL CRECIMIENTO SOSTENIBLE DE SUS COMUNAS.
Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 00316-2022-AA/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2023-05-06
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 00316-2022-AA/TC. , 2023-05-06. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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