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Jurisprudencia · SPIJInfundado: Se precisa que en el caso de los signos denominativos, estos deben ser observados en conjunto y con la totalidad de los…
Casacion 18518-2021-LIMA · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2023-05-02
Sumilla
INFUNDADO. SE PRECISA QUE EN EL CASO DE LOS SIGNOS DENOMINATIVOS, ESTOS DEBEN SER OBSERVADOS EN CONJUNTO Y CON LA TOTALIDAD DE LOS ELEMENTOS QUE LO INTEGRAN, SIN DESCOMPONER SU UNIDAD FONÉTICA Y GRÁFICA, TENIENDO EN CUENTA LA TOTALIDAD DE LAS SÍLABAS Y LAS LETRAS QUE FORMAN LOS VOCABLOS DE LAS MARCAS EN LITIGIO, POR LO QUE, SE HA DETERMINADO QUE LAS MARCAS EN CONFLICTO NO SON SEMEJANTES.
Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 18518-2021-LIMA
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2023-05-02
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Casacion 18518-2021-LIMA. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2023-05-02. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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