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Jurisprudencia · SPIJ

Infundada: En el presente caso, no se ha acreditado el derecho a una servidumbre de paso, como lo exige la ley, puesto que el…

Expediente 03733-2022-0-1302-JR-PE-01 · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2023-03-29

Sumilla

INFUNDADA. EN EL PRESENTE CASO, NO SE HA ACREDITADO EL DERECHO A UNA SERVIDUMBRE DE PASO, COMO LO EXIGE LA LEY, PUESTO QUE EL CUESTIONAMIENTO SE ENCUENTRA REFERIDO A UNA PROPIEDAD PRIVADA, POR LO QUE SE EVIDENCIA QUE NO HA GENERADO UNA RESTRICCIÓN DE LIBRE TRÁNSITO.

Ficha jurídica

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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Poder Judicial
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 03733-2022-0-1302-JR-PE-01
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2023-03-29

Fuente oficial

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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 03733-2022-0-1302-JR-PE-01. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Poder Judicial, 2023-03-29. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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