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Jurisprudencia · SPIJ

Se determina que en caso de personas privadas legalmente de su libertad locomotora, una obligación de la que no pueden rehuir…

Expediente 00697-2022-PHC/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2023-02-17

Sumilla

SE DETERMINA QUE EN CASO DE PERSONAS PRIVADAS LEGALMENTE DE SU LIBERTAD LOCOMOTORA, UNA OBLIGACIÓN DE LA QUE NO PUEDEN REHUIR LAS AUTORIDADES PENITENCIARIAS ES LA DE PRESTAR LAS DEBIDAS GARANTÍAS PARA QUE NO SE LESIONE LA INTEGRIDAD FÍSICA Y LOS DEMÁS DERECHOS CONSTITUCIONALES QUE NO HAYAN SIDO JUDICIALMENTE RESTRINGIDOS.

Ficha jurídica

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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 00697-2022-PHC/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2023-02-17

Fuente oficial

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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 00697-2022-PHC/TC. , 2023-02-17. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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