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Jurisprudencia · SPIJEn el presente caso, se determina que no se ha vulnerado el derecho de defensa del demandante, puesto que ha hecho ejercicio…
Expediente 0141-2022-PA/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2023-02-03
Sumilla
EN EL PRESENTE CASO, SE DETERMINA QUE NO SE HA VULNERADO EL DERECHO DE DEFENSA DEL DEMANDANTE, PUESTO QUE HA HECHO EJERCICIO DE SU DERECHO DE DEFENSA SIN LIMITACIÓN ALGUNA Y SE HA EMITIDO DEBIDAMENTE LA RESOLUCIÓN CUESTIONADA YA QUE LA MOTIVACIÓN SUPONE LA EXTERIORIZACIÓN OBLIGATORIA DE LAS RAZONES QUE SIRVEN DE SUSTENTO A UNA RESOLUCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN, SIENDO UN MECANISMO QUE PERMITE APRECIAR SU GRADO DE LEGITIMIDAD Y LIMITAR LA ARBITRARIEDAD DE SU ACTUACIÓN.
Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 0141-2022-PA/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2023-02-03
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 0141-2022-PA/TC. , 2023-02-03. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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