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Jurisprudencia · SPIJFundado: Se colige que los acuerdos establecidos en un convenio colectivo son aplicables a aquellos afiliados al sindicato, con…
Casacion 15677-2019-LIMA ESTE · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2023-01-04
Sumilla
FUNDADO. SE COLIGE QUE LOS ACUERDOS ESTABLECIDOS EN UN CONVENIO COLECTIVO SON APLICABLES A AQUELLOS AFILIADOS AL SINDICATO, CON EXCEPCIÓN A QUE SE DISPONGA LO CONTRARIO. EN EL PRESENTE CASO, SE ESTIMA QUE EL RECURRENTE ACREDITÓ LA EXISTENCIA DEL VÍNCULO LABORAL CON LA DEMANDADA LO CUAL LE PERMITIÓ AFILIARSE AL SINDICATO, POR TANTO, LE CORRESPONDE LOS BENEFICIOS NEGOCIADOS EN EL CONVENIO.
Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 15677-2019-LIMA ESTE
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2023-01-04
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Casacion 15677-2019-LIMA ESTE. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2023-01-04. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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