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Jurisprudencia · SPIJInfundado: Se colige que existe una especial protección para la indemnidad sexual del menor, debido a que estos son considerados…
Casacion 1005-2021-HUANCAVELICA · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2023-01-04
Sumilla
INFUNDADO. SE COLIGE QUE EXISTE UNA ESPECIAL PROTECCIÓN PARA LA INDEMNIDAD SEXUAL DEL MENOR, DEBIDO A QUE ESTOS SON CONSIDERADOS INCAPACES TANTO FÍSICA COMO PSÍQUICAMENTE PARA DAR SU CONSENTIMIENTO AL EJERCER Y DISPONER DE SU LIBERTAD SEXUAL. EN ESTOS CASOS ES INDISPENSABLE TOMAR EN CUENTA LA EDAD DEL MENOR. POR TANTO, NO OPERA EL CONSENTIMIENTO COMO JUSTIFICACIÓN EN MATERIA SEXUAL DE UNA MENOR DE 13 AÑOS DE EDAD.
Ficha jurídica
no disponibleLa ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.
Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 1005-2021-HUANCAVELICA
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2023-01-04
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Casacion 1005-2021-HUANCAVELICA. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2023-01-04. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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