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Jurisprudencia · Poder JudicialSe produce el despido incausado cuando no se expresa causa alguna derivada de la conducta o de la labor que la justifique; sin embargo, cuando se…
Casación 16242-2016 · Arequipa · Corte Suprema · 2da Sala Constitucional Transitoria · 2018-03-15
Sumilla
Se produce el despido incausado cuando no se expresa causa alguna derivada de la conducta o de la labor que la justifique; sin embargo, cuando se acrediten hechos que constituyan faltas graves cometidas por el trabajador, no ameritan la reposición. · Ejecutoria relevante · Reincorporación al Centro de Trabajo · 2da Sala Constitucional Transitoria · Distrito de Arequipa
Texto de la resolución
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Ficha jurídica
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Fuente oficial
Resolución publicada en gob.pe. Los datos personales de las partes se enmascaran de forma automática y aproximada.
Citar como
Casación 16242-2016 · Arequipa. Corte Suprema · 2da Sala Constitucional Transitoria, 2018-03-15. Fuente: https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/cij-juris/s_cij_jurisprudencia_nuevo/as_jurisprudencia_sistematizada/as_resoluciones_relevantes/as_Laboral/as_ReincorporacionalCentrodeTrabajo/.
Trazabilidad
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