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Jurisprudencia · Poder Judicial

Debe dejarse establecido que si bien el Colegiado Superior sancionó la inconcurrencia del procescdo Contreras Baldeón a la sesión de audiencia en la…

Recurso de Nulidad 4040-2011 · Lima · Poder Judicial · 2013-07-16

Sumilla

Debe dejarse establecido que si bien el Colegiado Superior sancionó la inconcurrencia del procescdo Contreras Baldeón a la sesión de audiencia en la que se iban a leer les cuestiones de hecho y la sentencia recaída en el proceso que se le siguió, y que ello acarreó que se declarara quebrado el juicio oral sin embargo, cabe indicar que dicho procedimiento resulta totalmente perjudicial para el proceso mismo y lo convierte en inesuficiente. Fecha de emisión de la sentencia: 29/11/2012. · Ejecutoria vinculante · 2012 · Distrito de Lima

Texto de la resolución

tomado del PDF oficial

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Ficha jurídica

preparando…
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Fuente oficial

Resolución publicada en gob.pe. Los datos personales de las partes se enmascaran de forma automática y aproximada.

Citar como

Recurso de Nulidad 4040-2011 · Lima. Poder Judicial, 2013-07-16. Fuente: https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/cij-juris/s_cij_jurisprudencia_nuevo/as_jurisprudencia_sistematizada/as_ejecutorias_vinculantes/as_penal/as_PrecedentesDoctrinaJurisprudencialVinculante/as_2012/.

Trazabilidad

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