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Resolución · gob.peResolución Directoral N.° 02015-2026-PRODUCE/DS-PA
Ministerio de la Producción · 2026-09-08
Sumilla
Decisión: Improcedente
DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de la aplicación de la Retroactividad Benigna como excepción al Principio de Irretroactividad previsto en el numeral 5) del artículo 230° del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General, presentado por SANTOS ANDRES BANCAYAN QUIROGA identificado con DNI [omitido] y VIOLETA MARKY ESTRADA identificada con DNI [omitido], respecto a la sanción impuesta a través de la Resolución Directoral N° 03869-2023-PRODUCE/DS-PA
Texto de la resolución
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Ficha jurídica
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Datos de la resolución
Tribunal: Dirección de Sanciones (PRODUCE)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: N.° 02015-2026-PRODUCE/DS-PA
Tipo: Resolución Directoral
Fecha de publicación: 2026-09-08
Fuente oficial
Resolución publicada en gob.pe. Los datos personales de las partes se enmascaran de forma automática y aproximada.
Citar como
Resolución Directoral N.° 02015-2026-PRODUCE/DS-PA. Ministerio de la Producción · Dirección de Sanciones (PRODUCE), 2026-09-08. Fuente: https://www.gob.pe/institucion/produce/normas-legales/8599243-02015-2026-produce-ds-pa.
Trazabilidad
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